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Términos y Condiciones

1. Alcance del Acuerdo

Estos Términos y Condiciones rigen todas las ofertas, cotizaciones, ventas y entregas de materias primas, combustibles y materiales suministrados por Nadmar a cualquier comprador (“Cliente”).
Al realizar un pedido, el Cliente acepta estos Términos en su totalidad.

2. Marco Normativo

Todas las transacciones se rigen por:

  • Incoterms® 2020, según lo publicado por la Cámara de Comercio Internacional (ICC).

  • Las leyes de comercio internacional aplicables, incluyendo controles de exportación, regulaciones marítimas y leyes aduaneras.

  • La ley aplicable especificada en el Contrato de Compraventa final (“SPA”).

En caso de conflicto, prevalece lo establecido en el SPA.

3. Ofertas y Precios

3.1 Todas las cotizaciones no son vinculantes hasta que se ejecute un SPA por escrito.
3.2 Los precios se basan en el Incoterm acordado (FOB, CIF, FCA, etc.) y son válidos únicamente durante el período de validez especificado.
3.3 Nadmar se reserva el derecho de ajustar los precios en caso de fluctuaciones del mercado, cambios en las tarifas de transporte o modificaciones en las políticas gubernamentales.

4. Pedidos y Documentación

4.1 Los pedidos se confirman únicamente tras la firma del SPA por ambas partes.
4.2 La documentación requerida puede incluir:

  • Factura Comercial

  • Lista de Empaque / Certificado de Peso

  • Conocimiento de Embarque (Bill of Lading)

  • Certificado de Origen

  • Informe de Inspección SGS/CIQ/Intertek

  • Licencias de Exportación/Importación (cuando corresponda)

5. Calidad del Producto e Inspección

5.1 Quality and specifications are as defined in the SPA.
5.2 Independent third-party inspection (SGS, CIQ, or Intertek) at the loading port is the standard proof of quality and quantity.
5.3 Any claim must be submitted in writing within 5 days of receipt of goods, supported by evidence from an accredited inspector.

6. Entrega y Transferencia de Riesgo

6.1 Los términos de entrega se rigen por Incoterms® 2020.
6.2 El riesgo se transfiere al Cliente en el punto definido por el Incoterm acordado:

  • FOB: al cargar la mercancía en el buque.

  • CIF: al cargar la mercancía; se proporciona seguro hasta el puerto de destino.

  • FCA: al entregar la mercancía al transportista.

6.3 Nadmar no es responsable por retrasos causados por líneas navieras, autoridades aduaneras, congestión portuaria o fuerza mayor.

7. Términos de Pago

7.1 Los pagos deben realizarse de acuerdo con el SPA (LC, SBLC, TT, BG).
7.2 El incumplimiento de pago otorga a Nadmar el derecho a:

  • suspender las entregas,

  • cobrar intereses sobre los montos vencidos,

  • rescindir el contrato sin responsabilidad.

8. Cumplimiento y Sanciones

El Cliente garantiza que:
  • No está sujeto a sanciones internacionales (OFAC, UE, ONU, Reino Unido).

  • Los bienes no serán reexportados a jurisdicciones sancionadas.

  • Cumplirá con todas las leyes de control de exportaciones, anti-soborno y contra el lavado de dinero (FCPA, Ley de Soborno del Reino Unido).

Nadmar podrá cancelar cualquier transacción que incumpla las normas de cumplimiento.

9. Responsabilidad

9.1 La responsabilidad de Nadmar se limita estrictamente al valor de los bienes contratados.
9.2 Nadmar no es responsable por:

  • pérdidas indirectas o consecuenciales,

  • pérdida de beneficios,

  • demoras o tarifas de almacenamiento portuario, salvo que sean causadas por negligencia comprobada de Nadmar.

9.3 Los eventos de fuerza mayor liberan a ambas partes de responsabilidad.

10. Terminación

Nadmar puede rescindir el SPA si:

  • El Cliente no realiza el pago,

  • El Cliente incumple las leyes de cumplimiento,

  • El Cliente se declara insolvente,

  • La fuerza mayor persiste por más de 30 días.

11. Confidencialidad

Toda la información comercial, precios y documentación intercambiados entre Nadmar y el Cliente deben permanecer confidenciales, salvo que la ley exija su divulgación.

12. Resolución de Disputas

Las disputas se resolverán mediante:

  • Negociación de buena fe y, si no se resuelven,

  • Arbitraje internacional bajo las Reglas de la ICC u otro foro especificado en el SPA.

El laudo arbitral será definitivo y vinculante.

13. Modificaciones

Nadmar puede actualizar estos Términos en cualquier momento. Las versiones actualizadas se aplican a cualquier transacción iniciada después de la fecha de revisión.

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